Los establecimientos no esenciales deberán cerrar a las 20:00 horas en Castilla y León

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El presidente de la Junta de Castilla y León, Mañueco, ya ha firmado el acuerdo para retrasar el inicio del toque de queda, afirmando que los establecimientos dedicados a actividades no esenciales no se beneficiarán de la decisión del Supremo.


La notificación por parte del Tribunal Supremo ha provocado la suspensión del anticipo del toque de queda a las 8 de la tarde en Castilla y León. Alfonso Fernández Mañueco asumía está decisión a pesar de seguir considerándolo ``como un elemento fundamental para frenar el avance de la pandemia''


Por otro lado, el residente ha informado la adopción de una nueva medida para reducir el contacto social y evitar así los contagios. Todos los establecimientos, actividades y servicios que tienen permitida su apertura, deberán cerrar a las 20:00 horas. Esta media estará vigente desde mañana, 17 de febrero de 2021. Esto quiere decir que hoy estará permitida la apertura hasta las 22:00 horas pero a partir de mañana, y hasta el próximo 23 de febrero, todos los establecimientos dedicados a actividades no consideradas esenciales no se beneficiarán de la decisión tomada por el Tribunal Supremo.


Asimismo, estos son los establecimientos, actividades y servicios que quedan exentos de esta medida:



  • Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.

  • Los centros, servicios y establecimientos sanitarios; los centros o clínicas veterinarias; los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales cuya actividad no esté suspendida; y servicios de naturaleza análoga.

  • Los establecimientos dedicados a la venta de combustible

  • Los servicios de alquiler de vehículos y estaciones de inspección técnica de vehículos.

  • Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.

  • Velatorios.

  • Actividades deportivas permitidas, así como aquellas actividades deportivas individuales al aire libre.

  • Servicios profesionales, de seguros y de empleados de hogar.

  • Servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías.

  • Centros docentes que imparten las enseñanzas del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación

  • Las universidades

  • Entidades de formación acreditadas y/o inscritas en alguno de los registros coordinados con el Registro Estatal de Entidades de Formación del Sistema de Formación Profesional para el Empleo.

  • Escuelas municipales de música y danza.

  • Las actividades de restauración permitidas.



Por lo tanto, hostelería, comercio o las actividades culturales deberán cesar su actividad a partir de mañana a las 8 de la tarde.



Sonia Sánchez


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