Actualización de los municipios de la comunidad con medidas excepciones frente a la pandemia

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Esta misma mañana, la Junta de Castilla y León ha actualizado el listado de los municipios castellano-leoneses que adoptaron medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19.


Las Navas del Marqués (Ávila); Alfoz de Quintanadueñas (Burgos);  Bembibre (León); Ciudad Rodrigo (Salamanca); Cantalejo y El Real Sitio de San Ildefonso (Segovia); Almazán (Soria); Simancas (Valladolid); y Benavente (Zamora) se añaden a esta situación ante el empeoramiento de sus indicadores epidemiológicos y asistenciales, lo que obliga a la adopción de estas medidas excepcionales para la contención de la transmisión comunitaria del nuevo coronavirus SARS-CoV-2.


Por su parte, decae este régimen preventivo excepcional en Lerma (Burgos); La Pola del Gordón (León); Palencia; Villamayor (Salamanca); Riaza (Segovia): El Burgo de Osma (Soria); y La Cistérniga (Valladolid).


El Acuerdo por el que se adoptan las medidas ahora aprobadas para los municipios anteriormente mencionados tendrá vigencia, una vez sea publicado en el BOCyL, a partir de las 00 h de mañana, 27 de abril, siendo actualizado cada siete días.


Estas medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional de aplicación en estas poblaciones son las siguientes:



  • Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:




  • Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.

  • Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.

  • Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.

  • Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.

  • Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.

  • Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.



Asimismo la autoridad sanitaria competente realizará un seguimiento y evaluará la situación en función de los indicadores sanitarios, sociales y de la movilidad para ver si estos municipios continuan afectados o no.




Sonia Sánchez


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